Introducción de Herbert Klein y John Jay TePaske a Ingresos de la Real Hacienda de la Nueva España. Publicados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Púbico y el Instituto Nacional de Antropología e Historia, México D.F. en 1986. (Reproducido con autorización de los autores).
Introducción
El desarrollo inicial de la Real Hacienda*.
La velocidad con la cual España formó su amplio imperio a finales del siglo XV y en el siglo XVI, es tan impresionante como las vastas áreas que ese imperio comprendía y que llegó a abarcar seis continentes.
Pero controlar esos dominios coloniales no era una tarea fácil; y para dominar a los pueblos conquistados, para mantener la lealtad de los conquistadores y sus descendientes, y asegurarse un ajusta parte de la riqueza de los reinos de ultramar, Fernando e Isabel, Carlos V y Felipe II impusieron a sus colonias una administración fuertemente estructurada. En Castilla, la Corona misma, la Casa de Contratación, el Consejo de Indias y un conjunto de consejos, juntas y oficiales menores dirigían los asuntos coloniales. En las Indias, virreyes, capitanes generales, intendentes, audiencias, gobernadores, corregidores, alcaldes mayores y una multitud de otros funcionarios e instituciones ejercían la autoridad real en todos los niveles de la política colonia. La Iglesia también puso el ejecución y complementó el poder del Estado en todos los niveles; arzobispos, obispos, cabildos eclesiásticos, curas de parroquia y clero regular servían tanto a los intereses reales y del Estado como al bienestar religioso de sus componentes.
Un elemento vital en esta imponente estructura administrativa era la red de cajas reales que administraba los intereses fiscales de la Corona en las Indias. De hecho, para 1501, diez años después del primer viaje de Cristóbal Colón, los Reyes Católicos ordenaron el establecimiento de un sistema formal para recabar los impuestos y el tributo en la Española y para asegurar la justa parte que les correspondía de la riqueza producida en la isla. 1 Más tarde, mientras castilla extendía sus dominios de las islas del Caribe a tierra firme, la Corona amplió su sistema de Real Hacienda, creando cajas reales en centros administrativos importantes, puertos mayores, regiones mineras y zonas indígenas densamente pobladas. Así, las cajas reales y los oficiales reales asociados a ellas-contadores, tesoreros, veedores y factores- se volvieron los principales comisionados del control fiscal de la Corona en las Indias.
En el siglo XVI estos oficiales reales, como eran llamados, compartían responsabilidades en el distrito de su caja. El contador llevaba los libros, registraba todos los cobros y gastos en libros de cuentas, certificaba todas las transacciones y guardaba una de las tres llaves de los arcones o cofres que contenían los fondos. El tesorero se encargaba personalmente de recolectar los diversos impuestos de los individuos o instituciones responsables de la recaudación, entregaba estos fondos a los recibidores prescritos y guardaba el tesoro en los arcones; él tenía otra de las tres llaves.
El factor fungía como agente fiscal de la caja, negociaba con otros factores de otras cajas en las Indias y con oficiales en España; además, protegía las armas, municiones y pertrechos contenidos en los depósitos reales del distrito de la caja. Un cuarto oficial, el veedor, supervisaba el peso y la fundición del oro y de la plata, y vigilaba todas las actividades relacionadas con la minería y la amonedación. 2
A finales del siglo XVI, sin embargo, las funciones del factor y del veedor se combinaron en una y más adelante fueron eliminadas, dejando al contador y al tesorero como principales oficiales de la caja real. 3 Las tesorerías más importantes, como la de Lima y México, contaban, por supuesto, con una cantidad de oficiales menores que asentaban las entradas en las cuentas, las copiaban, trabajaban con el tesorero recolectando los impuestos y custodiaban las cajas reales. En los distritos menores, sin embargo, un contador o tesorero realizaba a menudo todas las labores. La Corona estableció varios procedimientos para prevenir el fraude y el peculado por parte de estos oficiales reales. No se podía hacer ningún desembolso ni depósito en la caja sin la presencia de quienes tenían en su poder las tres llaves-el contador, el tesorero y el oficial más importante del distrito (el virrey en persona, el oidor decano de la Audiencia o el gobernador)-. Los tres tenían que estar presentes para abrir el arcón. Además, las cajas reales y los libros de cuentas del contador estaban siempre sujetos a investigaciones periódicas o repentinas, realizadas por pesquisadores o visitadores.
Todas las cuentas eran enviadas a España para ser revisadas por la Contaduría Mayor del Consejo de Indias antes de ser finiquitadas. En 1605, Felipe III añadió un órgano intermedio para asegurar una administración honesta de las cajas reales, al crear los tribunales de cuentas de Lima, Santa Fe de Bogotá y México. Los Contadores mayores de este tribunal realizaban visitas anuales a las reales cajas de su jurisdicción, revisaban los libros y estaban autorizados para levantar cargos a los que violaron los reglamentos reales de la administración de las cuentas o a los que cometieran fraude. El Tribunal de Cuentas también revisaba todas las cuentas antes de enviarlas a la Contaduría Mayor del Consejo de Indias en Castilla. 4
Las Cajas Reales de México
En México, 5 las cajas reales nacieron conforme España fue extendiendo su dominio sobre nuevas regiones de la Nueva España. Preeminente a lo largo del periodo colonial y la primera en ser establecida, la Real Caja de México fue creada en 1521, inmediatamente después de la conquista de México fue creada en 1521, inmediatamente después de la conquista de Tenochtitlán. 6 Diez años después, en 1531, se creó una caja real en Veracruz por su importancia como puerto principal de entrada de bienes españoles y europeos a México y de salida de plata mexicana hacia la metrópoli. En 1540, en plena guerra de conquista contra los mayas, la Corona creó una caja real en Mérida de Yucatán. Aunque Guadalajara tenía un veedor de fundiciones desde 1531, sólo hasta 1543 se erigió allí una caja real. Le siguió Zacatecas en 1552, poco después de la fundición de la cuidad y del descubrimiento de sus ricos yacimientos de plata. 7 Después del establecimiento de la Real Caja de Zacatecas, la Corona no creó nuevas cajas durante casi cuarenta años, hasta 1590, cuando la rápida expansión del comercio entre la Nueva España y las de Filipinas hizo necesaria una caja en Acapulco. Nueve años más tarde, en 1599, aparecieron las primeras cuentas de la caja de Guadiana o Durango, y más de un cuarto de siglo más tarde, en 1628, se fundó la Real Caja de San Luis Potosí. Así, poco más de un siglo después de la conquista de Tenochtitlán, la Nueva España contaba con ocho cajas reales distribuidas en sus tres principales zonas mineras (Zacatecas, Durango y San Luis Potosí), en sus dos puertos principales (Veracruz y Acapulco) y en su tres centros administrativos y mercados más importantes (México, Mérida y Guadalajara).
El ritmo de crecimiento de las cajas reales se volvió un poco más lento en el siglo XVII y a comienzos del siglo XVIII, pero siguió el mismo esquema: dondequiera que la Corona encontraba nuevas fuentes de ingreso significativas, particularmente en zonas mineras, y dondequiera que sentía la necesidad de ejercer más firmemente su autoridad, estableció una nueva caja. Sobre esta base se establecieron cajas en las regiones mineras de Guanajuato en 1665, Pachuca en 1667, Sombrerete en 1683, Zimapán en 1729 y Bolaños en 1753. La creciente importancia militar y comercial de la costa oriental de la Nueva España se reflejó en la creación de la caja de Campeche en 1716 y en el restablecimiento de la pequeña caja de Tabasco en 1728. 8
La segunda mitad del siglo XVIII los borbones españoles crearon siete nuevos distritos fiscales con el propósito de fortalecer la autoridad real en zonas de frontera del norte de México y a lo largo de la bahía de Campeche, y de asegurar una eficiente recaudación de impuestos en las intendencias, creadas en 1785. En 1770, por ejemplo, fue creada la caja de Los Alamos, que demuestra la creciente urgencia española y el deseo de Carlos II de fortalecer su dominio sobre Sonora y la costa oriental del Golfo de California. De hecho, la continua expansión hacia el norte apresuró el traslado de la caja de los Alamos a Rosario en 1783, y a Cosalá en 1806 o 1807. La creación, en esa misma región, de la sub-tesorería o pagaduría de Arizpe, en 1781, y su transformación en un distrito de caja formal en 1791, después de su designación como intendencia, reflejaba el deseo de la Corona de penetrar aún más en el norte, así como de instalar oficiales del tesoro real en las doce intendencias. En el norte y noroeste de México, las cajas reales de Chihuahua y de Saltillo, establecidas en 1785 y 1794 respectivamente, demostraban esa misma tendencia: asegurar la frontera de plantar la maquinaria administrativa española en zonas de frontera, a pesar de la pesada dependencia de estas nuevas cajas de los fondos de otras tesorerías para su mantenimiento. En la bahía de Campeche, necesidades militares y de control del comercio de contrabando impulsaron el restablecimiento de la Real Caja del Presidio del Carmen en 1774, una caja que había funcionado por un breve lapso de tiempo, tal vez como pagaduría, anteriormente en el siglo XVIII. Por último, a finales del siglo el establecimiento de las cajas reales de Michoacán en 1788 y Oaxaca en 1790, completaron la red de los distritos fiscales en México. Significativamente, para 1800 cada intendencia, cada arzobispado y obispado, cada puerto y región minera de importancia, cada gran mercado y centro administrativo y cada puesto de avance fronterizo, tenía su caja real, veintitrés en total, sin incluir las sub-tesorerías de San Carlos de Perote, San Blas de California y las provincias internas. A diferencia del Perú, en donde algunas cajas menores fueron abandonadas o absorbidas por cajas mayores, las cajas mexicanas no dejaron de funcionar efectivamente y de ejercer control fiscal para la Corona en las regiones bajo su jurisdicción.
Las veintitrés cajas mexicanas estaban organizadas en agrupaciones geográficas. En la costa oriental fuertes lazos unían a las cajas de Mérida, Tabasco, Presidio del Carmen, Campeche y Veracruz. En el oeste y noreste, las tesorerías de Guadalajara, Los Alamos-Rosario-Cosalá, Durango y Chihuahua estaban estrechamente vinculadas. Chihuahua, a su vez, funcionaba como conducto para los fondos provenientes de cajas más opulentas, como Durango o Rosario, destinados a los presidios del noreste de Santa Fe, El Paso del Río del Norte, Texas, San Buenaventura, Carjigal, San Eleazario, Príncipe y Cerrogordo. Más hacia el este, las cajas reales de San Luis Potosí y de Saltillo desarrollaron fuertes vínculos a partir de 1794, tan fuertes que, de hecho, la caja de San Luis Potosí proporcionaba la mayor parte de los fondos de la de Saltillo y de los presidios y colonias de Nuevo León, Nuevo Santander y Texas.
La caja matriz de México era la más importante de la Nueva España y de una u otra manera estaba relacionada con todas las demás cajas. Como caja matriz, todos los excedentes de las demás cajas estaban destinados a la de México, con excepción de las de la costa oriental, que enviaban su pequeño excedente a Veracruz para su remisión a España o al Caribe. Hasta cajas como las de Durango y San Luis Potosí, que asumían la responsabilidad de abastecer los presidios del norte a finales del siglo XVIII, remitían sus excedentes a México. También estaban muy ligadas a la capital, las cajas mineras de Bolaños, Guanajuato, Pachuca, Sombrerete, Zacatecas y Zimapán, que proveían a la caja matriz de fuertes sumas provenientes de los impuestos mineros. Creadas en las últimas décadas del siglo XVIII, y estrechamente vinculadas a la órbita de la capital, las cajas de Michoacán, Puebla y Oaxaca enviaban importantes sumas de ingresos fiscales provenientes de alcabalas, tributos, bulas de santa cruzada, varios monopolios reales y un gran número de otras fuentes. Acapulco y Veracruz, por su importancia como las salidas de los fondos que iban de México al extremo oriente o a España, tenían también vínculos importantes con la caja matriz. Así aunque cada caja novohispana tenía su importancia en sí misma, las relaciones entre ellas eran igualmente importantes en la determinación de la estructura fiscal del imperio español en América.
Las cartas-cuentas de las cajas reales como fuente histórica.
Las cuentas llevadas en las veintitrés cajas reales por los oficiales reales son una fundamental para el estudio de la economía y la sociedad novohispanas, particularmente después de las décadas de 1570 y 1580, cuando los sumarios de las cuentas adoptaron una organización y una estructura estable. 9 Normalmente el contador llevaba dos libros: el libro manual y el libro mayor. En el libro manual, asentaba las entradas y salidas diariamente, sin importar la fuente del ingreso; en el libro mayor llevaba cuentas por ramo o sección. Por ejemplo, los tributos recabados eran asentados en el libro mayor, en el ramo de almojarifazgos. Los gastos eran asentados en el libro manual y en el libro mayor de la misma manera. Al final del periodo contable, el contador sumaba las entradas de cada ramo y las ponía en un sumario, normalmente al final del libro mayor, que enlistaba las cifras agregadas de cada ramo, tanto del lado de los ingresos como de los egresos. Los sumarios existentes de las veintitrés cajas de México están en estos volúmenes. 10
Las entradas, asentadas en el lado de cargo de los sumarios, revelan mucho de las actividades en el distrito de la caja. Por ejemplo, las entradas listan impuestos sobre la producción de plata y oro (3 por ciento del oro, 1.5 por ciento y quinto del oro, 1 por ciento y diezmos de plata, etc.) y sobre la acuñación de plata (señoreaje). Las recaudaciones de impuestos a las ventas (alcabalas, 2 por ciento de Armada de Barlovento, alcabalas encabezadas, etc.) reflejan la actividad comercial en el distrito de la caja, mientras que en puertos como Acapulco, Campeche, Tabasco y Veracruz, los almojarifazgos recabados revelan la magnitud del comercio y importación y exportación. Los oficios seculares soportaban una carga pesada y pagaban exacciones como la media anata eclesiástica, la mesada eclesiástica y el subsidio eclesiástico. Asimismo, los oficios temporales pagaban la media anata secular y el 4 por ciento de sueldos, desde finales del siglo XVIII. Pagos por la venta, renuncia o renta de oficios (oficios vendibles y renunciables) también eran una fuente de ingreso real. Además de los impuestos a los oficios seculares, la Iglesia soportaba otras cargas, pues hacía contribuciones por concepto del ingreso de vacantes mayores y vacantes menores, se hubiera muerto con él (espoleos), y de los novenos de la mitad del ingreso de los diezmos reservados a la Corona (novenos). Los obispados también proporcionaban fondos para el mantenimiento de la Real Orden de Carlos III, del obispo de Luisiana, del príncipe Clemente de Saxonia y de la Real Capilla de Madrid. El ingreso proveniente de una multitud de monopolios reales (alumbres, nieve, naipes, cobre, juego de gallos, plaza de toros, papel sellado, salinas, lotería, cordobanes, tabaco y el importantísimo ramo de azogues) también ayudaba a llenar las arcas reales. La venta de indulgencias (bulas de santa cruzada y bulas cuadragesimales) era otro privilegio de la Corona. Aunque los indios estaban exentos de muchos impuestos, pagaban el tributo, el nuevo servicio real, el medio real de hospital y el medio real de ministros. Además aportaban fondos para las cajas de comunidad de sus pueblos (bienes de comunidades). Otros ingresos provenían de fuentes como la legalización y venta de títulos de tierras (composición de tierras), los impuestos sobre los extranjeros (composición de extranjeros) y las licencias para tiendas (pulperías). Las pensiones para viudas, huérfanos y retirados se pagaban de los descuentos hechos a los salarios de soldados y oficiales (montepío militar, montepío de ministros, inválidos, etc.). En las ciudades portuarias eran importantes los impuestos que debían pagar los barcos que llegaban al puerto, como buques, anclaje y otros impuestos recaudados para el mantenimiento del puerto.
Las sumas asentadas en el lado de cargo de las cuentas no sólo indicaban ingresos fiscales, sino también entradas temporales de dinero depositado en la caja real y disponible por los oficiales reales durante el periodo de cuenta. Estas consistían a veces en remanentes de la cuenta anterior (existencia o alcances de cuentas); otras veces consistían en deuda sin cobrar (debido de cobrar, debido de cobrar años anteriores, debido de cobrar esta cuenta, etc.). El dinero depositado como garantía se asentaba como depósito y era normalmente retirado una vez cumplidas las obligaciones. Préstamos de todos los tipos eran frecuentes y aparecían de muchas maneras en los libros (préstamos, préstamos patrióticos, empréstitos, suplementos de real hacienda, imposiciones de capitales, etc.). A finales del siglo XVIII la Corona ordenó que fueran nuevamente acuñados todos los pesos de ocho y los reales; esto apareció en el lado de cargo de las cuentas como cambio de platas o moneda, macuquina, pero no constituye, de ninguna manera, una entrada. Así, muchas cifras del lado del cargo no deben considerarse como ingresos, sino como fondos remanentes de años anteriores, depósitos, préstamos, deuda si cobrar o acuñación de monedas.
En muchas cuentas, sobre todo en la caja de México antes de la segunda mitad del siglo XVIII, extraordinario en una entrada de gran magnitud e importancia. Técnicamente este ramo incluía los ingresos que ni podían ser ubicados en ninguno de los ramos establecidos. En México, por ejemplo, en 1750 el ramo de extraordinario sumaba 368 001 pesos. Esta suma incluía fondos provenientes de muchos de los monopolios reales como el juego de gallos, los naipes, la pólvora y el solimán, préstamos hechos al tesoro para la defensa del Caribe, impuestos al transporte pagado por quienes compraban mercurio para las amalgamación de la plata, el ingreso proveniente de los salarios de puestos militares vacantes, etc. Conforme fueron añadidos nuevos ramos a las cuentas en la segunda mitad del siglo XVIII, el ramo extraordinario perdió importancia. El lado de data de las cuentas, en el cual se asentaban las salidas, es tan importante como el lado de cargo pues detalla cómo son gastados los ingresos.
Los registros de data incluían los salarios de todos los funcionarios públicos como el virrey, los oidores y los alcaldes del crimen de la Real Audiencia, los alcaldes mayores y corregidores, los reales oficiales, porteros, guardias y una multitud de otros funcionarios civiles que prestaban sus servicios en el distrito fiscal. Estas cuentas incluían asimismo los gastos por papel, plumas, tinta, y renta y reparación de las oficinas usadas por estos funcionarios. Los salarios y gastos para la defensa y el establecimiento militar y naval en México se enlistaban bajo los rubros de guerra, sueldos militares, milicias, tropa arreglada, tropa suelta, taller de armería, sala de armas, Armada de Barlovento, gasto de navíos, marina, gastos de guerra, gastos extraordinarios de guerra, gastos de guerra contra los Chichimecas, etc. Los situados embarcados hacia la Florida, el Presidio del Carmen, las Provincias Internas, Pansacola, Luisiana, Cuba, Santo Domingo, Puerto Rico, y otros presidios y guarniciones en el Caribe y en el Golfo de México, también eran incluidos como parte de los gastos de defensa. Las cuentas de las cajas de México y Acapulco también revelan las fuertes sumas de dinero enviadas a las Filipinas para las fuerzas militares que allí se encontraban y para el personal administrativo que prestaba sus servicios en Manila. La ayuda al clero, las obras caritativas, las pensiones y la reparación y construcción de edificios y caminos públicos tomaba pequeñas porciones del ingreso real. Estas incluían a los sínodos pagados al clero que trabajaban en los pueblos de indios (sínodos, sínodos de misiones y sínodos de doctrinas) y otras formas de apoyo al clero regular y secular (estipendios espirituales, misiones, limosnas del vino y aceite). Los gastos para las obras educativas y caritativas se enlistaban bajo rubros como colegio seminarios, hospital de indios, etc. La reparación y construcción de edificios públicos e iglesias también exigió fondos de las cajas reales (fábrica del palacio, fábrica de la iglesia, reparos de las casas reales y reparo de la catedral), así como la inacabable reparación y construcción del desagüe de la ciudad de México (desagüe de Huehuetoca). Las pensiones pagadas a las viudas, los huérfanos y oficiales civiles y militares retirados, se pagaban con descuentos hechos a los salarios de oficiales en servicio activo (montepío militar, montepío de oficinas, montepío de ministros, asignaciones para España e inválidos). Como se señaló más arriba, parte del ingreso de la iglesia destinaba al mantenimiento del obispado de Luisiana de la Real Orden de Carlos III (pensión carolina), del príncipe Clemente de Saxonia y del capellán mayor de Madrid. Una parte especial de los ingresos fiscales de destinaba al Tribunal o corte de la Acordada, al mantenimientos de los caminos de la Nueva España y a gastos de vestido, alimentación y alojamiento tanto de la milicia como de los viejos soldados pobres. Los envíos a otras cajas eran otro rubro importante en las cartas-cuentas, ya que en muchos casos el 90 por ciento o más de los ingresos de la caja, sobre todo en regiones mineras poco pobladas, quedaba en el distrito fiscal después de hecho el pago de los salarios y demás gastos. Los rubros de remisiones indican hacia qué parte de la Nueva España fueron enviados esos fondos. Asimismo, las cuentas de México, inicialmente, y de Veracruz, más tarde, documentan las fuertes sumas enviadas al rey en Castilla.
En la mayor parte de los casos los rubros indican la fuente del ingreso y cómo fue gastado éste. Por ejemplo. El rubro de alcabalas en el lado de cargo enlista lo que fue recaudado por los impuestos a las ventas o lo que fue pagado por el encabezado; el mismo rubro en el lado de data normalmente indica lo que costó el cobro de ese impuesto. Pero éste no es siempre el caso; en la mayoría de las cajas, por ejemplo, los ramos de tributos y del uno por ciento y diezmos de plata pagaban los salarios y los gastos más importantes que se acumulaban en el distrito de la caja. Pero muchas veces estos no se asentaban en la carta-cuenta como sueldos o gastos, sino como tributos reales o como uno por ciento y diezmos de plata. En Michoacán, por ejemplo, en 1800 los oficiales reales recabaron 118 350 pesos en alcabalas e incluyeron esta suma en el sumario del lado de cargo. En el lado de data se asentó que 112 030 pesos fueron gastados del ramo de alcabalas. Pero ¿cómo? De estos 112 030 pesos 75 000 se remitieron a la caja de México, otras sumas sustanciales se fueron en salarios y gastos en el distrito la caja y una suma poco importante sirvió para pagar la recaudación de las alcabalas. Lo mismo sucedió con los 100 444 pesos recabados del ramo de tributos y los 82 852 pesos gastados de la misma fuente. De estos 82 852 pesos 15 000 fueron enviados a la ciudad de México y el resto se fue en gastos y salarios de los oficiales de la región de Valladolid; no se gastaron en sínodos o gastos de recaudación. De la misma manera, algunos rubros del lado de cargo pueden no señalar de qué fuente provino ese ingreso. Fábrica del palacio era un rubro común en muchas cajas en el siglo XVIII, así como desagüe de Huehuetoca. Los ingresos del rubro fábrica de palacio provenían de los pagos por licencias por marcar ganado o por matar ganado joven prematuramente, mientras que el desagüe acopiaba sus ingresos de impuestos sobre le vino y de licencias para vender carne.
Los cambios en los procedimientos contables crearon problemas; de ello, la caja de México da un buen ejemplo. En 1796 los ingresos provenientes de la distribución de bulas de santa cruzada sumaban 233 117 pesos; en 1797 esa misma fuente produjo 8 325 104 pesos. ¿Por qué? Carlos IV estaba aparentemente desesperado por conseguir dinero para llevar a cabo la guerra contra Inglaterra, de manera que para averiguar qué ingresos podían ser aprovechados, ordenó a los contadores coloniales que enlistaran el monto total de los fondos disponibles de la real hacienda. Así, en el sumario, el rubro de bulas de santa cruzada incluía lo que quedaba en ese ramo de los años anteriores, así como la suma recaudada en 1797. Esto prosiguió hasta 1800, cuando el sumario ya solamente reflejó el ingreso anual derivado de la venta de bulas. En la caja de México los rubros de impuestos sobre la producción de plata de 1576 a 1702 indican lo que fue recaudado en el distrito de la caja. Después de 1702, los rubros de impuestos a la plata (derechos de plata, diezmos de plata, etc.) indican el remanente total neto de este impuesto proveniente de todas las cajas de México, después de hecho el pago de salarios y gastos. Así, en 1702, las cajas de Durango, Guadalajara, Guanajuato, México, Pachuca, San Luis Potosí, Sombrerete y Zacatecas producían más de 500 000 pesos de impuestos sobre la plata. Después del pago de salarios y gastos quedaban 275 000 pesos aproximadamente como ingreso neto en la caja de México. Este sistema prevaleció hasta 1795, cuando el contador regresó al antiguo sistema que consistía en asentar sólo los impuestos a la plata recaudados en el distrito de la caja de México. Otra dificultad para la utilización de las cuentas es que algunos contadores asentaban sumas netas, deduciendo los pagos relativos a gastos y salarios. Esto es especialmente cierto para el ramo de tributos, en el cual los sínodos y los costos de recolección eran deducidos del tributo pagado, y sólo se asentaba en la cuenta la suma neta.
Notas
1. Ismael Sánchez Bella, La organización financiera de las Indias (siglo XVI) (Sevilla: Escuela de Estudios Hispano-Americanos, 1968), p. 12. este es un excelente tratamiento del desarrollo inicial del sistema de real hacienda en las Indias antes de la creación del Tribunal de Cuentas en México Santa Fe de Bogotá y Lima en 1605. Continuar leyendo
2. Sánchez Bella, Organización financiera, pp. 108-117. Continuar leyendo
3. El veedor, por ejemplo, fue posteriormente remplazado por el ensayador, el fundador y otros oficiales reales. Aparentemente, el oficio de factor desapareció enteramente en algún momento del siglo XVI. Continuar leyendo
4. Para la organización del Tribunal de Cuentas y sus responsabilidades por las cajas reales, véase a Sánchez Bella, Organización financiera, pp. 59-69. un estudio excelente sobre el papel de los pesquisadores y visitadores, previniendo del fraude y garantizando la honestidad de la administración las reales cajas, es el de Amalia Gómez Gómez, Las visitas de la Real Hacienda novohispana en el reinado de Felipe V (1710-1733), Sevilla, Escuela de Estudios Hispano-Americanos, 1979. Continuar leyendo
5. En esta introducción se aceptará que las reales cajas de México o Nueva España abarcan el territorio de todo el México actual y partes de los que es hoy el suroeste y el oeste de los Estados Unidos de Norteamérica; pero no Centroamérica, las islas del Caribe, Florida y Luisiana, que también formaban parte del Virreinato de la Nueva España. Continuar leyendo
6. No se conocen con precisión las fechas exactas del establecimiento de las reales cajas de México. En algunos casos, como los de Guanajuato, Zacatecas y Guadalajara, las fechas se conocen; en otras la evidencia no es suficiente. Es por esto que utilizamos las fechas de la primera aparición de las cartas-cuentas de las diversas cajas reales. Debe tenerse en cuenta, en consecuencia, que se daba a menudo un lapso de tiempo entre la real cédula que establecía una caja y el momento en que empezaba realmente a funcionar. Continuar leyendo
7. Peter J. Bakewell, Minería y sociedad en el México colonial: Zacatecas (1546-1700), México, Fondo de Cultura Económica, 1976, p. 35. Continuar leyendo
8. Una caja real funcionó en Tabasco por corto tiempo en el siglo XVIII (1605-1612), pero dejó de existir o desaparecieron sus cuentas hacia 1728. Continuar leyendo
9. Existen cartas-cuentas para le siglo XVI anteriores a las impresas en estos tres volúmenes, pero están casi siempre muy poco estructuradas y requieren ser analizadas ramo por ramo. Es por esto que iniciamos la publicación de estas cuentas a partir del momento en que empezaron a ser elaboradas ramo por ramo con sumarios que indican las entradas y salidas en cada uno de estos ramos. Las cuentas del siglo XVI son fácilmente consultables en la Sección Contaduría del Archivo de Indias. Algunas han sido utilizadas con mucho provecho en estudios históricos. Véase particularmente a Paul E. Hoffman, The Spanish Crown and the Defense of the Caribbean, 1535-1585: Precedent, Patrimonialism and Royal Parsimony. Baton Rouge y Londres, Louisiana State University Press, 1980. Continuar leyendo
10. No existe un estudio básico sobre la estructura, desarrollo y funcionamiento del sistema de real hacienda para todo el periodo colonial. El de Sánchez Bella, La organización financiera, es excelente para la historia institucional de la real hacienda en el siglo XVI; pero para el periodo posterior es necesario consultar varias fuentes. La obra más útil sobre los diversos ramos de la real hacienda es la de Fabián de Fonseca y Carlos de Urrutia, Historia general de la real hacienda, 6 tomos, México, Vicente G. Torres, 1845-53; reedición facsimilar. México, Secretaría de Hacienda y Crédito Público, 1978. Una obra de consulta es la editada por Alberto María Carreño, Compendio de la historia de la real hacienda de Nueva España. Escrito en el año de 1794 por D. Joaquín Maniau. México, Imprenta de la Secretaría de Industria y Comercio, 1914. Estas dos obras ayudan a explicar de muchos de los rubros contenidos en los sumarios. En lo que se refiere a las leyes y reglamentos que regían a la real hacienda, existen algunas fuentes originales de utilidad.
Para el periodo inicial es posible consultar a Alfonso García Gallo (editor), Cedulario indiano. Recopilado por Diego de Encinas, Oficial Mayor de la Escribanía de Cámara del Consejo Supremo y Real de las Indias, Libro Tercero Madrid, Ediciones de Cultura Hispánica, 1946, pp. 224-323; Juan de Solórzano y Pereyra, Política indiana, tomo II, Madrid, Gabriel Ramírez, 1739 (hay una reedición facsimilar de esta obra hecha por la Secretaría de Programación y Presupuesto en 1979) pp. 423-521; y la Recopilación de leyes de los Reynos de las Indias, Madrid, Consejo de la Hispanidad, 1943.
También son útiles los dos volúmenes de Manuel Josef de Ayala, Diccionario de gobierno y legislación de Indias, Madrid, Compañía Ibero-Americana de Publicaciones, s.s., 1929. Para el siglo XVIII, dos obras son particularmente valiosas para el estudio de los cambios en la administración de la real hacienda y de las tasas de las exacciones impuestas por la Corona de las Indias: Reglamento para el comercio libre, 1778. Sevilla, Escuela de Estudios Hispano-Americanos, 1978, y en Gisela Morazzani de Pérez Enciso (editora), Las ordenanzas de intendentes de Indias, Caracas, Universidad Central de Venezuela, Facultad de Derecho, 1972. A pesar de todo, hace mucha falta un estudio del sistema de real hacienda en la Nueva España y en el imperio español.Continuar leyendo